Newsletter Marzo 2016

El gobiero arranca a Bruselas un año más para bajar el déficit del 3% 

Contenido

“El Gobierno consigue ampliar el plazo para reducir el déficit"

"El capital sale de España ritmo sólo superado en lo peor de la crisis"

"Primera condena del Supremo a una empresa por responsabilidad penal"

"Modelos de compliance según la fiscalía"

"Plan de control tributario y aduanero 2016"

"Curso de cierre fiscal 2015 en Moore Stephens"

 

El gobierno en funciones del Partido Popular ha llegado ya a un acuerdo tácito con el gobierno comunitario por el cual se concederá a España un año más para reducir el déficit público por debajo del 3% del PIB. A cambio el país deberá continuar con las reformas pendientes.
 
El acuerdo del ejecutivo del PP con la Unión Europea, es por ahora verbal, pero se recogerá por escrito en la actualización del programa de estabilidad y reformas que España debe enviar el próximo mes de abril a Bruselas y en cuyas líneas generales ya está trabajando el actual gobierno en funciones. Como garantía, España se debe comprometer, por un lado, a no revertir las reformas ya hechas. Además, el futuro gobierno deberá seguir aplicando las reformas estructurales pendientes.

El capital sale de España a un ritmo solo superado en lo peor de la crísis

La inestabilidad política ante las sucesivas citas electorales que se vivieron el año pasado ha pasado factura al flujo de capitales. Es lo que parece deducirse de las cifras conocidas ayer del balance de pagos, que indica que el capital extranjero volvió a salir de España el pasado año a un ritmo que solo se había registrado durante lo peor de la crisis.
 
En concreto, según los datos provisionales dados a conocer por el Banco de España, los inversores sacaron 70.200 millones de euros en 2015, frente a un saldo neto positivos de 5.600 millones de euros de capital contabilizados el año anterior. Sólo en el mes de diciembre salieron de España 19.000 millones de euros (el 27% de lo retirado en todo el año).

 

 
 
NOTICIAS JURÍDICAS

Primera condena del Supremo por responsabilidad penal a una empresa.

El pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condena, por primera vez, la responsabilidad penal de las personas jurídicas y confirma las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a tres empresas por su participación en delitos contra la salud pública.
Una novedad importante a tener en cuenta es que la Sentencia de 29 de febrero de 2016 modifica la condena de una empresa, excluyendo la disolución de la misma, debido a que cuenta con una plantilla de más de cien personas, “que no tienen que sufrir los graves perjuicios de dicha medida” pero confirma que la sociedad debe pagar una multa de 675 millones de euros.
 
Explica la Sentencia los requisitos para apreciar la responsabilidad penal de las empresas. Como presupuesto inicial debe constarse la comisión de delito por una persona física integrante de la persona jurídica. Además, que se requiere que las empresas hayan incumplido su obligación de establecer medidas de vigilancia y control para evitar la comisión de delitos, lo que se llama en el argot jurídico “planes de compliance”.
 


Los modelos de compliance según la Fiscalía

En la newsletter del pasado mes de Febrero les informamos de la circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, que interpreta el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Subraya dicha circular que la vocación de los modelos de compliance es cumplir con la legalidad en general, y no solo con la penal.

Los modelos deben constar por escrito, pues no se trata de una mera formalidad. De hecho, toda la circular transluce la preocupación de la Fiscalía general del Estado por los modelos de compliance puramente estéticos, articulados con el único propósito de evitar la sanción penal.

El propósito de los modelos de compliance debe ser generar una cultura empresarial ética, siendo la exención o la mitigación de la responsabilidad penal una mera consecuencia de ello, y no su finalidad. A partir de ahí se pone en duda la idoneidad de programas de compliance copiados de otras organizaciones, pues difícilmente se adaptarán a circunstancias propias y serán apropiados para alcanzar el objetivo indicado.

 

Plan de control aduanero y tributario 2016.

El 23 de febrero de 2016 se publica en el BOE la Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Dirección General de la AEAT, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2016.

Estas directrices giran en torno a tres grandes pilares  que resumiremos a continuación:
 



  MOORE STEPHENS MADRID
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I. Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero
 
En 2016, la Agencia Tributaria centrará su atención en los siguientes sectores o tipologías de fraude:
 
1. Economía sumergida. / 2. Investigación de patrimonios y de rentas en el exterior. / 3. Planificación fiscal internacional. / 4. Economía digital. / 5. Prestación de servicios de alto valor. / 6. Fraude organizado en IVA. / 7.Control sobre operaciones, regímenes jurídico-tributarios, obligados tributarios y sectores de actividad específica. / 8.Control de productos objeto de Impuestos Especiales. / 9. Control de Impuestos medioambientales. / 10. Control aduanero. / 11.Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales.

II. Control del fraude en fase recaudatoria
 
El control del fraude en esta fase irá dirigido a la potenciación entre otras de las derivaciones de responsabilidad, la intensificación de la colaboración con las áreas liquidadoras, el Control del carácter excepcional de la figura del aplazamiento o fraccionamiento de deudas, o la agilización de la gestión recaudatoria en los casos de existencia de indicios de delito contra la Hacienda Pública o contrabando
 
III. Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas

La Agencia Tributaria, potenciará los intercambios de información con trascendencia tributaria entre las Administraciones Tributarias del Estado y de las Comunidades Autónomas con la finalidad de incrementar la eficacia de la gestión tributaria, mejorar la asistencia a los contribuyentes y, singularmente, potenciar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida.


NOTICIAS MOORE STEPHENS 
 

Curso cierre fiscal 2015.




 

El viernes 19 de febrero de 2016 ha tenido lugar en las oficinas de MOORE STEPHENS MADRID el curso “CIERRE FISCAL 2015” dirigido a los profesionales del Departamento de Auditoría y de Contabilidad.
 
De una manera clara y precisa y con una vocación eminentemente práctica a través de ejemplos y resolución de dudas, los profesionales del Departamento Fiscal han desarrollado las novedades de la nueva Ley del Impuesto Sobre Sociedades aplicable en el año 2015.
 
A través de cursos como éste no sólo se recicla el personal en sus conocimientos a través de una formación de calidad sino que les permite tener un mayor conocimiento del trabajo que desempeñan los profesionales de otros departamentos y compartir experiencias más allá del trabajo del día a día, lo cual es imprescindible en una empresa moderna que atesora como principal activo sus recursos humanos.
 
Puedes descargar la presentación del curso en la página web de MOORE STEPHENS MADRID.
 

 
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